FEBA, pionera entre las Entidades Registradoras, ha posibilitado implementar el servicio en aquellas cámaras que no cuenta con registro propio. Con la apertura de numerosas bocas de sellado ha extendido esta prestación a una amplísima región, posibilitando el sellado en origen obligatorio. Sellados que se pueden realizar: -Operaciones de compraventa, al contado o a plazo de mercaderías (excepto automotores), cereales, oleaginosos, productos de la ganadería y agricultura, frutos del país, semovientes. -Compraventa de títulos, acciones, debentures y obligaciones negociables. -Locación ó sub locación de obras, de servicios y de muebles, sucesiones ó transferencias. -Locación o sub locación de inmuebles destinados a plantas comerciales, industriales ó para la prestación de servicios, sucesiones ó transferencias. -Arrendamientos de inmuebles destinados a la producción primaria. -Reconocimiento de deudas comerciales ó mutuos comerciales. -Los siguientes actos y contratos comerciales: depósitos; transporte; mandato; comisión ó consignación; fianza; transferencia de fondos de comercio, de distribución y agencia; leasing; franchising; transferencia de tecnología y derechos industriales; capitalización y ahorro para fines determinados.
En el marco de lo dispuesto por la Ley Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, FEBA posee bocas de sellados habilitadas en las siguientes Cámaras: Burzaco, Almirante Brown, Crovara, Ezeiza, Vicente López, Haedo, González Catán, Ituzaingó, Moron, Ramos Mejía, Ayacucho, Dolores, Virrey del Pino, Pinamar, Avellaneda, San Martin, Berazategui, Bernal, Castelar, Cnel. Dorrego, La Matanza, Escobar, Florencio Varela, Gral. Rodríguez, G de Laferrere, Hurlingham, Merlo, Moreno, Wilde, San Antonio de Padua, San Francisco Solano, Tigre, Valentín Alsina, Villa Gesell.
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